domingo, 12 de junio de 2016

1646 Casas y vecinos Izurdiaga Erroz Aizcorbe Echeverri Irurzun Urriza Goldaraz Latasa Eraso

1646 Casas y vecinos de Izurdiaga Erroz Aizcorbe Echeverri Irurzun Urriza Goldaraz Latasa Eraso
Contenido
  • Izurdiaga
  • Erroz
  • Aizcorbe
  • “Echeverri y Irurçun”
  • Echeverri
  • Irurzun
  • Urriza
  • Goldaraz
  • Eraso


Izurdiaga

            “En el lugar de Içurdiaga el mismo día, mes y año (31-X-1646) el dicho Señor Don Joseph del Vayo y Cruzat, proseguiendo la dicha comissión hizo juntar al sobredicho Teniente de Alcalde de la Valle (Antonio de Eraso) y a Martín de Echalecu, y a Don Martín de Goldaraz, Vicario del dicho lugar, a los quales se les leyó la dicha comissión, ley e instrucción de los Señores Diputados del Reyno, para que conforme a la dicha comissión se aga el apeo de este lugar, y aviendo ellos comprehendido su tenor se les recibió juramento a la señal de la cruz en forma a los dichos legos y ansimesmo el dicho Vicario (juró) in verbo sacerdotis de que bien y fielmente y sin ocultar nada arán el dicho apeo conforme a la
dicha comissión y luego salieron todos acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar y reconociendo las casas se hizo en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa de Urruticoa, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Domenja, viuda, pobre mendigante

3
La casa de Martín de Echalecu, vezinal, vibe su dueño
1
4
La casa de Martín de Yabar, vezinal, vibe su dueño
1
5
La casa de Catalina de Larrea, vezinal, viuda sin hijos, vibe su dueña
1
6
La casa de Nafarrarena, vezinal, vibe su dueño
1
7
La casa de Catalina de Larrea, vibe un morador

8
La casa de María de Sarassa, viuda, vezinal, con hijos sin casar vibe su dueña
1
9
La casa del Cordelero es suya la casa y dixeron que goza de vezino y vibe en ella
1
10
En una casa de Miguel de Aguinaga vibe un morador

11
En una casa de Pedro de Olagüe vibe un morador

12
La casa del Vastero, vezinal, vibe su dueño
1
13
En otra casa de Miguel de Aguinaga vibe un morador, y este morador, aunque la casa no es suya, goza como vezino, porque vibe en casa, vezinal forana

14
La casa de Fatore, vezinal, vibe su dueño
1
15
La casa del Votero, viuda, vezinal con hijos sin casar, vibe ella

16
La casa de Martín de Veramendi vibe un viuda pobre mendigante, llamada María de Andueza

17
La casa de Pedro de Olagüe, vezinal, vibe su dueño
1
18
La casa de Aroz Çarrarena, vezinal, vibe su dueño
1
19
La casa de Andre Ederra, vezinal, vibe su dueño
1
20
La casa de Juanes de Içurdiaga, vezinal, vibe su dueño

21
Otra casa de Miguel de Aguinaga vibe un morador

22
Otra casa de Miguel de Aguinaga vibe un morador

23
La casa de Marte de Irurçun vibe María de Iriarte pobre mendigante

24
El Molino del lugar no haze avituacion (sic) continua nadie en el

            Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que tienen hecho no sienten ni saben que aya otra cosa más que apear, de manera que ay catorce vezinos y seys moradores y en este número ay tres viudas y las casas ojeadas y notadas y más los pobres y para que conste se asentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Licenciado Goldaraz, Vicario de Içurdiaga
Don Antonio de Eraso
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Erroz

            “En el lugar de Erroz el sobredicho día, mes, año y lugar el dicho Señor Apeador proseguiendo en su dicha comissión y apeo hizo juntar al sobredicho Alcalde y a Sebastián de Aguirre, Jurado del dicho lugar y a Don Pedro de Echalecu, Abbad del dicho lugar, a los quales se les leyó la dicha comissión con todos sus requisitos de la dicha comissión y ellos aviendo comprehendido su tenor, se les recivió juramento a la señal de la cruz en forma a los dichos legos y ansibien el dicho Abbad juró in verbo sacerdotis de que bien y fielmente y sin ocultar nada arán dicho apeo conforme a la dicha comissión y en su cumplimiento salieron todos acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar reconociendo las casas se hizo dicho apeo del lugar en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa de Ciandarena, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Inigorena, vezinal, vibe su dueño
1
3
La casa de Sebastián de Aguirre, vezinal, vibe su dueño
1
4
En una casa de Pedro de Ayzpun vibe un morador

5
La casa de Miguela de Ollacarizqueta, viuda, vezinal, con hija casada en casa, todos en un fuego viben en ella
1
6
La casa de Echeberría, vezinal, vibe su dueño
1
7
Otra casa de Miguel de Ollacarisqueta vibe en ella Dorotea de Hussi, pobre mendigante

8
La casa de Buruçurirena, vezinal, vibe su dueño
1
9
La casa de Doña Lorenza de Viguria vibe un casero

10
La casa de Miguel de Aguinaga, vezinal, vibe su dueño
1
11
La casa de Surguinarena, vezinal, vibe su dueño
1
12
El Molino que es del Condestable de Navarra vibe su arrendador en él

13
Un Molinacho del lugar que no avita nadie en él

Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que tienen hecho no sienten ni saben que aya otra cosa que apear, de manera que ay ocho vezinos y dos moradores y en ellos una viuda y más una pobre y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Antonio de Eraso
Don Pedro de Echalecu
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Aizcorbe

            “En el lugar de Aizcorbe a primero de noviembre de mil seyscientos quarenta y seys, el dicho Señor Don Joseph del Vayo y Cruzat, proseguiendo en su dicha comissión y apeo hizo juntar al dicho Teniente de Alcalde de la Valle, y a Juanes de Orayen, Jurado del dicho lugar, y a Don Lope de Azcarate, Abbad del dicho lugar, a los quales se les hizo notorio todo lo contenido en la dicha comissión y abiendo comprehendido su tenor se les recivió juramento a los dichos legos a la señal de la cruz en forma, y ansibien el dicho Abbad juró in verbo sacerdotis de que bien y fielmente y sin ocultar nada arán el dicho apeo conforme a las dicha comissión y luego salieron acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar y reconociendo las casas se hizo en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa de Martinena, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Marquelayn, vezinal, vibe su dueño
1
3
La casa de (?), vezinal, vibe su dueño
1
4
La casa de Martín Pérez, vezinal, vibe su dueño
1
5
La casa de Urrizarena, vezinal, vibe su dueño
1
6
La casa de Saluorena vibe un casero por habérsele quemado su casa y goza de vezindad

7
En la casa de quemada de arriba vibe un morador

Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que tienen hecho no sienten ni saben que aya otra cosa que apear, de manera que ay cinco vezinos y dos moradores entrando la casa ojeada y notada y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Antonio de Eraso
Don Lope de Ascarate
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

“Echeverri y Irurçun”

Echeverri

            “En el lugar de Echabarri el sobredicho día, mes y año el dicho Señor Don Joseph del Vayo y Cruzat, proseguiendo en su dicha comissión y apeo hizo juntar al dicho Alcalde de la Valle y a Miguel de Irurçun, Jurado del dicho lugar y del lugar de Irurçun, y a Don Francisco de Aguinaga, Abbad también de los dichos dos lugares, a los quales se les leyó la dicha comissión, ley e instrucción del Reyno para que conforme de aga el apeo de los dichos dos lugares, y aviendo comprehendido a los dichos legos se les recivió juramento a la (señal) de la cruz en forma y el dicho Abbad juró in verbo sacerdotis de que bien y fielmente y sin ocultar nada hará el dicho apeo de los dos lugares conforme a la dicha comissión y luego salieron acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar y reconociendo las casas se hizo dicho apeo en la forma seguiente:
1
Primeramente el Palacio de Echeverri que (es) de Don Carlos de Heraso, Alcalde Perpetuo de la Valle de Araquil, vibe el mismo en él
1
2
El Molino del dicho Palacio vibe en él el arrendador del Molino

3
La casa de Guillen vibe una viuda, es suya la casa con hijos sin casar, vezinal, vibe su dueña
1
4
La casa de Marchueta, vezinal, vibe su dueño
1
5
En otra casilla de este mesmo vibe una muger viuda con su hermana sin casar

6
La casa de Beltrán, vezinal, vibe su dueño
1
7
La casa de Attondo, vezinal, vibe su dueño
1

Irurzun

1
Primeramente la casa de Juan de Satrostegui, escribano, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Juan de Echalecu, herrero, vezinal, vibe su dueño
1
3
La casa de Erassorena, vezinal, vibe su dueño
1
4
La casa de Pedro de Ansote, vezinal, vibe su dueño
1
5
Una casilla de Graciana de Senosiayn, moça sola que dixeron que no goça de vezino vibe la dicha en ella no es suya la casa

6
La casa de Remón de Irurita, vezinal, vibe su dueño
1
7
En una Torre de Don Carlos de Heraso vibe un casero

8
La casa de Laturu, vezinal, vibe su dueño
1
9
La casa de Çurguinarena, vezinal, vibe su dueño
1
10
La casa de Goycoechea, viuda, vezinal, con hijos sin casar vibe su dueña
1
11
La casa de Guillentorena Echeberría, vibe un morador

12
La casa de Arguinarena, viuda, es suya la casa y dixeron que no goza de vezindad, vibe su dueña
1
13
La casa de Çamarguinarena, vezinal, vibe su dueño
1
14
La casa de Ansorena, vibe una viuda con su hija sola y no es suya la casa, morador, vibe en ella

15
La casa de Juan de Ollo, vezinal, vibe su dueño
1
16
La casa de Martiarena vibe una muchacha sola y no es suya la casa

17
La casa de Doña Lorenza de Viguria, vibe un casero

18
La casa de Martín de Irurçun vibe una viuda sola y no es suya la casa

19
La casa de Taberna Vieja, viben madre e hija, viudas, que poseen la casa dixeron que no gozan de vezindad por no pagar como los vezinos
1
20
La casa de Martigila, viuda, vezinal con hijo sin casar, vibe su dueña
1
            Con esto se acabó el apeo de los dos lugares y por el juramento que tienen echo no sienten ni saben que aya otra cosa más que apear en los dichos dos lugares, de manera que ay en el lugar de Echeberri seys vecinos entrando el Palacio y un morador, y en ellos dos viudas, y el Molino. Y en el lugar de Irurçun ay trece vezinos y seys moradores, y en este número ay seys viudas y las casas ojeadas y notadas y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Francisco de Aguinaga
Don Carlos de Eraso
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Urriza

            “En el lugar de Urriça a dos de noviembre de mil seyscientos quarenta y seys, el dicho Señor Don Joseph del Vayo y Cruzat, proseguiendo en su dicha comissión y apeo hizo juntar a Miguel de Gastelu, Teniente de Alcalde de la Valle de Imoz, en ausencia del Alcalde, y a Martín de Herviti, Jurado del dicho lugar y a Don Pedro de Çualdia (Zubeldía), Abbad de Goldaraz, y Vicario de este lugar, a los quales se les leyó e hizo notorio la dicha comissión con todas las circunstancias de ella, para que les conste y se aga el dicho apeo conforme a ello, y aviendo comprehendido se les recivió juramento a los dichos legos a la señal de la cruz en forma y ansimesmo juró el dicho Abbad y Vicario de que bien y fielmente y sin ocultar nada aran dicho apeo conforme a la dicha comissión y luego salieron por el lugar todos acompañando al dicho Señor Apeador y reconociendo las casas en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa de Azpicoechea, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Miquelena, vezinal, vibe su dueño
1
3
La casa de Garaycoechea, vezinal, vibe su dueño
1
4
En el Molino que es de este lugar y del lugar de Goldaraz haze avitación el arrendador, que es un moço solo

Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que tienen echo no sienten ni saben que aya otra cosa más que apear, de manera que ay tres vezinos y el Molino y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Pedro de Çubeldia
Miguel de Gaztelu
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Goldaraz

            “Y luego al mesmo instante el dicho Señor Apeador con los dichos Alcalde, digo Teniente, y Abbad, y Juanes de Echarri, Jurado del sobredicho lugar de Goldaraz, aviéndole recevido juramento y leydo las comissiones y comprehendido su tenor aviendo todos salido por el lugar y reconociendo las casas se hizo el dicho apeo del dicho lugar en la forma seguiente:
1
La casa de Goycoechea, vezinal, vibe su dueño
1
2
La casa de Juanena, vezinal, vibe su dueño
1
3
La casa de Guillenena, vezinal, vibe su dueño
1
4
La casa de Dinda, vezinal, vibe su dueño
1
5
La casa de Loperena, vezinal, vibe su dueño
1
6
La casa de Maricena, vezinal, vibe su dueño
1
7
La casa de Çapataguilearena, vezinal, vibe su dueño
1
Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que han echo no sienten ni saben que aya más otra cosa que apear en este lugar, de manera que ay siete vezinos y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
En una choceta vibe Juana de Huyci pobre mendigante.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Pedro de Çubeldia
Miguel de Gaztelu
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Latasa
            “En el lugar de Latassa el mesmo día, mes y año el dicho Señor Don Joseph del Vayo y Cruzat proseguiendo en su dicha comissión hizo juntar al dicho Teniente de Alcalde de la Valle y J. de Ecay y a Don Juan de Irañeta (abad) del dicho lugar de Latassa y Herasso, a los quales se les leyó la dicha comissión de su Exc.ª, Ley y instrucción del Reyno, y aviendo ellos comprehendido su tenor se les recivió juramento a la señal de la cruz en forma a los dichos legos y el dicho Abbad juró también in verbo sacerdotis en forma de que bien y fielmente y sin ocultar nada hará dicho apeo conforme a la dicha comissión, y luego salieron acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar y reconociendo las casas se hizo en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa del Licenciado Latasa, dixeron que ha tres años que no se avita, sino por los oficiales que están en ella trabajando y dixeron todos que le llaman Palacio y paga quartel y alcabala y demás derramas

2
La casa de Portilarena ena (sic) tiene se le rematada por deudas y bibe sin embargo el dueño en ella pagando arrendación

3
La casa de la Posada Nueba, viuda, vezinal con hija casada fuera del lugar y hijos sin casar en casa, vibe ella en ella
1
4
La casa de Loperena, vezinal, vibe su dueño
1
5
La casa de Garayco Hechea, viuda con hijos sin casar, dixeron que no tiene vezindad, aunque es suya la casa, y vibe en ella, ella
1
6
La casa de Echeberría, vezinal, viben dos hermanos dueños de la casa, casados, cada uno en su fuego
2
7
La casa de la Posada Bieja, vezinal, vibe su dueño
1
8
En otra casa de este mismo viben marido y muger, pobres, mendigante llamado Juanes de Ichaso

9
La casa del Herrero, vezinal, vibe su dueño
1
Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que han echo no sienten ni saben que ay otra cosa más que apear, de manera que ay siete vezinos y dos moradores, en los quales ay dos viudas y demás casas ojeadas y notadas, y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Juan de Irañeta
Miguel de Gaztelu
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

Eraso

            “En el lugar de Erasso el mesmo día, mes y año el dicho Señor Apeador hizo juntar al sobredicho Abbad de este lugar y al sobredicho Teniente de Alcalde, y a Martín de Çarranz, Jurado del dicho lugar, a los quales se les leyó e hizo notorio la dicha comissión con todo lo demás concerniente a ella y aviendo ellos comprehendido su tenor a los dichos legos se les recivió juramento a la señal de la cruz y por lo mesmo juró el dicho Abbad in verbo sacerdotis de que bien y fielmente y sin ocultar nada arán dicho apeo conforme a la dicha comissión y luego salieron acompañando al dicho Señor Apeador por el lugar y reconociendo las casas se hizo en la forma seguiente:
1
Primeramente la casa de Verecoechea, vezinal, vibe su dueño
1
2
Esta misma casa tiene una torre palomar donde vibe un morador

3
La casa de Maticorena, vezinal, vibe su dueño
1
4
La casa de Hiriartea, vezinal, vibe su dueño
1
5
La casa de Jurdanena, vezinal, vibe su dueño
1
6
El Palacio de Herasso, que es de Don Juan de Ibero, todos dixeron que es Palacio, vibe un casero

7
La casa de Goycoechea, vezinal, vibe su dueño
1
8
En el Molino de particulares dixeron que no hazen avitación continua en él

            Con esto se acabó el apeo de este lugar y por el juramento que tienen hecho no sienten ni saben que aya más otra cosa que apear de manera que ay cinco vezinos y dos moradores y para que conste se assentó por auto y firmaron los que sabían de que doy fe.
Don Joseph del Vayo y Cruzat
Don Juan de Irañeta
Miguel de Gaztelu
Passó ante mi, Juan Sanz de Yoldi, escribano.”

(AGN Sección de Estadística, Legajo 2.º Carpeta 20)

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