viernes, 14 de noviembre de 2014

Bacaicoa 1778 toponimia mayorazgo de Zubiría, López de Zubiría

Bacaicoa: 1778
Toponimia
“Bacaicua y febrero 9 de 1778. Contratos matrimoniales de Agustín López de Zubiría y María Carmen de Allafor, naturales del mismo lugar.”
            “En el lugar de Bacaicua del Valle de Burunda a nueve de febrero de mil setecientos setenta y ocho. Por testimonio de mi el escribano real y testigos infrascritos, fueron presentes de la una parte Lucas Esteban y Agustín López de Zubiría, padre e hijo, y de la otra Pedro de Allafor y Micaela de Sarasola, su muger, a una también con María Carmen de Allafor, su hija, vezinos y naturales de este lugar, y la citada Micaela de Sarasola precedida licencia ordinaria en derecho requerida, que de haver sido pedida al expresado Pedro de Allafor, su marido, y concedida por éste doi fe yo el escribano:

            Propusieron que dicho Agustín López de Zubiría, hijo lexítimo del referido Lucas Estevan, y María Francisca de Zubiría, se halla conforme en contraer verdadero y lexítimo matrimonio con la expresada María Carmen de Allafor, hija lexítima de los dichos Pedro y Micaela de Sarasola, y para que en todos tiempos conste lo que cada uno traee, y se le ofrece en contemplación del expresado matrimonio, y con qué calidades, en qué especie, y forma, asentaron y capitularon acerca de ello con asistencia del referido Lucas Estevan, padre del futuro esposo, la de Juaquín López de Zubiría y Fausto Antonio de Albizu, su hermano y cuñado, y de dichos Pedro de Allafor, Micaela de Sarasola, padre también de la futura esposa y de Thomás de Allafor, su hermano, lo siguiente:
            1.ª Primeramente que dichos Agustín López de Zubiría y María Carmen de Allafor haian de ser y sean marido y muger, como lo manda la santa madre Iglesia, y dispone el Santo Concilio de Trento, precediendo las tres proclamas o lexítima dispensación de ellas.
            2.ª Ítem dijo dicho Lucas Estevan de Zubiría, que como hijo maior varón, es poseedor de la Casa titulada de su mismo nombre, Solar antiguo de este lugar y Valle, con sus quatro escudos en su portalada principal, correspondientes a su apellido y varonía, afrontada dicha Casa por la parte del Poniente a la Iglesia parroquial, y por la del Oriente, mediando la Calleja a otra casa de Lucas de Aiestarán, a una con su pertenecido de huerta, tierras y solares, y demás vienes, que avajo se expresarán, que estos y la citada Casa Solar, an corrido y corren como de Maiorío o Vínculo en un solo poseedor, hijo maior varón originario y descendiente de la misma como instituido, erejido, y fundado en la maior antigüedad, y mucho anterior a la Lei de este Reino, de suerte que su principio no se encuentra por instrumento, ni en otra forma, y por consiguiente el otorgante, como tal hijo maior varón y sus predecesores, an poseído dicha Casa y bienes como de Maiorío o Vínculo perpetuo, sin que se haia hecho su división con pretexto alguno, corriendo por la práctica y estilo de este Valle, ni en otra forma, y este méthodo se a observado rigurosamente por la común tradición, que de ello ha havido y ai en el lugar y Valle, y queriendo que en lo succesivo se observe también el mismo, y los goce y posea en la expuesta forma dicho Agustín López de Zubiría, su hijo maior varón, en contemplación del matrimonio que con veneplácito y gusto del otorgante, y de dicha María Francisca de Zubiría su muger, contraee con la nominada María Carmen de Allafor, desde luego certificado de su derecho, y en la mejor forma que conforme a él lo puede y deve hacer, da y descrive por imbentario dichos vienes con arreglo a la Lei de este Reino, establecida en las últimas Corte de la ciudad de Pamplona en la forma siguiente:
            1.º Primeramente la expresada Casa Solar, cuias afrontaciones y demás circunstancias con que se halla condecorada y enoblecida como tal Solar antiguo, se hallan expecificadas al principio de esta cláusula, y por lo mismo se omite hacer su nueva repetición por escusar molestia, pero dan por expresa y repetida a la letra.
            2.º Ítem una heredad de tierra blanca a las espaldas de dicha Casa de setecientas pérticas, afrontada por una parte con la Diego de Ondarra, y por otra con la de Miguel Arvizu.
3.º Ítem una huerta contigua a la referida Casa de treinta y dos pérticas.
4.º Ítem una tierra solar en el parage llamado Galzada, de quarenta y dos pérticas, afrontada por una parte con la de Miguel de Zubiría, y por otra con dicha Calzada.
5.º Ítem otra tierra solar en Idondoa de ciento sesenta y ocho pérticas, afrontada por una parte con la Regata, que vaja por Iturartea, y de la otra por el Camino que vaja por Idondoa.
6.º Ítem una pieza en Burusnia, de duscientas quarenta y tres pérticas, afrontada por una parte con la de Francisco de Celaia, y de la otra con la de Fermina Ochoa de Errarte.
7.º Ítem otra en Oporo, de sesenta y quatro pérticas, afrontada por una parte con la de Francisco López, y de la otra con la de Juan Lope de Garate.
8.º Ítem otra en el mismo término de trescientas y ochenta pérticas, afrontada por una parte con la de Estevan López, y de la otra con la de Francisco López.
9.º Ítem otra en el paraje llamado Balsa, término de Echarri Arañaz, de trescientas pérticas, afrontada por una parte con pieza de Joseph López y de la otra con la de Francisco de Galarza.
10.º Ítem otra en Oporoburu, que tira hasta Zulanpea, de ochocientas pérticas por una parte a la de Francisco de Gainza, y por otra con la de Juan de Huici.
11.º Ítem otra pieza en el término de Michelandia de ochocientas y siete pérticas afrontada por una parte con la de Martín Joseph de Arvizu, y por otra con la de Francisco López.
12.º Ítem otra en Adaravia de cinquenta pérticas afrontad por una parte con la de Lope de Ichaso, y de la otra con la de Juan Estevan de Huici.
13.º Ítem otra en Aztereagaña de veinte y cinco pérticas, afrontada por una parte con la de Miguel de Anso, y de la otra con la de Juaquín de Goicoechea y Echeverría.
14.º Ítem otra en Galvariozarreta de doscientas y quarenta pérticas, afrontada por una parte con la de Don Diego de Eraso, y de la otra con la de Estevan López.
15.º Ítem otra pieza en el término de Alcazar de cinquenta y dos pérticas, afrontada por una parte con la de Don Martín de Garaialde y por otra a la de Juaquín López.
16.º Ítem otra cerca de la antecedente de ochenta y dos pérticas, afrontada por una parte con la de Francisco de Galarza, y por otra con la de Christóval López de Zubiría.
17.º Ítem otra en Idiavarren de ciento y cinquenta pérticas, afronta por una parte con la de Diego de Ondarra, y de la otra con la de Juan de Huici.
18.º Ítem otra en Ocaranchota, de cinquenta y seis pérticas, afrontada por una parte con pieza de Martín de Azpiroz, y de la otra con la de Félix de Goicoechea y Ciordia.
19.º Ítem otra en Astigarreta de ciento y diez y seis pérticas, afrontad de la una parte con la de Lucas Estevan López de Goicoechea, y de la otra con la de Francisco ...
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