sábado, 20 de enero de 2018

1849 Irurzun cuartel guardia civil

1849 Irurzun cuartel guardia civil
            El 6 de julio del año 1849 toman el siguiente acuerdo:
            “Auto acordando la construcción de un edificio para cuartel de la guardia civil del puesto de Irurzun, otorgado por D. Esteban Goñi y consortes alcaldes de los valles de Araquil, Atez, Goñi, Gulina, Ollo e Imoz, y poder de los mismos para practicar varias diligencias hasta llevar a cabo dicha obra en favor del referido D. Esteban Goñi y otros”.
            Ello “a virtud de órdenes comunicadas por el Señor Jefe Superior Político de esta provincia relativas a que los expresados valles de consuno acuerden la construcción de un edificio, que ha de servir de cuartel a la guardia civil, situado en este punto de Irurzun”. Hacen un plan y la contestación del Jefe Político es otro plan más caro; responden que no tienen recursos para llevarlo adelante y nombran tres representantes, que resuelvan el tema: Esteban Goñi, Miguel Oroquieta y Joaquín Erbiti (éste último de Imoz); se pagará su coste proporcionalmente por las contribuciones. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pablo Cia, legajo 121 n.º 105)
            El 27 de julio del mismo 1849 se subasta la obra del cuartel y se adjudica a José María San Sebastián de Pamplona en 15.700 reales. (Ídem legajo 121 n.º 109)
            El 4 de agosto entre todos los pueblos compran una robada de terreno a Juan Goñi y Martina Sarrasin por 320 reales. Dicha robada era parte de una pieza “afrontada por el oriente, norte y
poniente con la referida heredad y por el mediodía con camino real, que de la ciudad de Pamplona dirige a la de San Sebastián. (Ídem legajo 121 n.º 111)
Los pueblos construyen el cuartel y tienen después “derecho al alquiler, que satisface el Gobierno por esa clase de establecimiento”. Las condiciones de la obra, en la que entra roble en buena cantidad, están firmadas el 12 de agosto de 1849 y deberá estar terminada la construcción para diciembre. (Ídem legajo 121 n.º 113)
El 17 de diciembre se hace esta escritura: “Auto de entrega de un edificio para Cuartel del destacamento de la Guardia Civil del puesto de Irurzun, otorgado por los alcaldes de los valles de Araquil, Atez, Ollo, Goñi, Gulina e Imoz en favor de José María San Sebastián, vecino de la ciudad de Pamplona, y carta de pago de éste de la cantidad de 10.466 reales fuertes 18 maravedís en favor de los mismos valles por el importe de la construcción de nueva planta de dicho edificio correspondiente a dos tercios, en que fue rematado”. Está terminado el cuartel y así lo aceptan los pueblos, como obra ajustada a las condiciones pactadas. (Ídem legajo 121 n.º 152)
Firma el 12 de julio de 1852 José María San Sebastián que ha recibido todo el dinero de su construcción, que se había adjudicado en 31.400 reales vellón, de los alcaldes de Araquil, Atez, Goñi, Gulina, Ollo e Imoz. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 125 n.º 91)
“Cuentas pertenecientes a la casa cuartel de la Guardia Civil situada en el lugar de Irurzun, dadas por el alcalde del valle de Araquil y el pedáneo de Irurzun, respectivas a un año, con su aprobación por los alcaldes de los valles de Atez, Gulina, Goñi, Ollo e Imoz”, del 1 de marzo del año 1858:
Cargo
1.070

Data
692
10
Alcanza la Comunidad de cinco valles
377
24
Los gastos vienen del mantenimiento: canteros, carpinteros, cristales y alguna cerraja. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 132 n.º 44)

Cuentas presentadas del 1 de marzo de 1860:
Cargo
671
24
Alquiler
792


1.463
24

Data
589

Alcanza la Comunidad de cinco valles
875
24
(AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 136 n.º 54)

Cuentas presentadas del 1 de marzo de 1865:
(En reales vellón y maravedíes)
Cargo
1.614
7
Data
1.813

Debe la Comunidad
198
27

El cargo se compone del alcance: 822, 7 y del alquiler: 792 reales vellón. La cuenta es mayor en gastos que otros años por “la cárcel nueva que se ha hecho”, en la que trabajaron cuatro canteros. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Ignacio Cia, legajo 145 n.º 47) PDF

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