lunes, 10 de noviembre de 2014

Iturmendi 1686, 1715, 1719 problemas con las casas

Iturmendi: 1686
Sobre impedimento para la construcción de una casa por perjudicar a una era.
El 15 de julio de 1686 el Alcalde de Burunda aclara el caso:
            “En el lugar de Iturmendi a quince de Jullio de mil seiscientos ochenta y seis, ante el Señor Pedro de Arza, Alcalde ordinario del Valle de Burunda, por testimonio del escribano infrascrito pareció Luis de Galarza, vecino del dicho lugar, y propuso tiene un solar en el dicho lugar de diez y seis pértigas y quarta, pegante a la casa de Pedro de Anso, ya difunto, comprado a Miguel Martínez de Goicoechea y Simón de Elizalde, y se alla amojonado y conocido, y tratando de cerrar y poner puerta para entrar y salir a instancia de María de Zufiaurre, viuda del dicho Pedro de Anso, se le
puso hinivición berbal para que no pudiese abrir puerta en el puesto donde está señalado por decir que la tierra que confina al dicho solar asta el estremo de él, en que está un mojón, es propio suyo del dicho Pedro de Anso, y en su nombre de la dicha María de Zufiaurre, su mujer y de la de herederos de Hernando de Iriarte, y haviendo parecido las dichas partes en diferentes audiencias pidiendo se les guardase su derecho y justicia, y después de aber presentado diferentes testigos la dicha María de Zufiaurre, ninguno de ellos declaró con juramento que la tierra que confina con el dicho solar que sirbe de hera para trillar fuese de las casas de los dichos Pedro de Anso y Hernando de Iriarte, y aunque Lope de Iturralde de hedad de ochenta años declaró que abía cinquenta años de tiempo que con orden del lugar de Iturmendi anduvieron reconociendo los mojones de los caminos y tierra concegil y de los particulares, vecinos y todos los del Concejo, y fueron árbitros Lorenz Fernández, Juan Fernández y Juan de Çubiri, vecinos que fueron del dicho lugar, hombres ancianos, y que al tiempo oyó decir al dicho Lorenz Fernández árbitro en la ocasión que llegaron a reconocer la hera de las casas de los dichos Pedro de Anso y Hernando de Iriarte que la tierra de la dicha hera como dice desde la esquina de las dichas casas que en una al presente vive Bernardo Garayalde asta el mojón que está en el remate del solar o huerta del dicho del dicho Luis de Galarza, que también hace división de las heras que tienen gozo las casas de los dichos Pedro de Anso y herederos de Hernando de Iriarte y casa de Pedro de Gainza era la tierra propia de las casas de Pedro de Anso y en su nombre al presente es de la dicha María de Çufiaurre su mujer y de la casa de herederos de Hernando de Iriarte, y que haora diez y ocho años haviéndose echo nuebo reconocimiento de mojones el testigo fue árbitro nombrado por el dicho lugar, y haviéndose juntado con los demás árbitros en la dicha hera declaró lo mismo y sin embargo por no aberse conformado los demás árbitros con su declaración, la dicha hera se declaró por común, declarando que la propiedad era del Concejo y el gozamiento de la hera tenían las dichas casas de herederos de Pedro de Anso, Juan de Anso mayor y Hernando de Iriarte.
            Y así mismo de parte de la dicha María de Çufiaurre se presentaron por testigos a Miguel Ochoa de Errarte, vecino del lugar de Urdiain, de hedad de setenta y quatro años, Miguel de Goicoechea, vecino de Iturmendia, de hedad de sesenta años, Petronilla de Goicoechea, de hedad de cinquenta y seis años, y declararon con juramento que el dicho solar o huerta vieron cerrada, pero que no sabían por dónde hera la puerta, y de parte del dicho Luis de Galarza se presentaron por testigos a Juan López de Goicoechea mayor, de hedad de setenta y dos años, y a Esteban de Iriarte de hedad de setenta y seis años, todos vecinos del dicho lugar, y declararon con juramento que la dicha huerta o solar vieron cerrada con estacas, pero que no podían asegurar en qué punto o parage estaba la puerta y el dicho Juan López de Goicoechea declaró que la huerta tiene la puerta acia la dicha hera y que no sabía si estaba en el parage donde está señalada la puerta y así bien fue a presentar el dicho Luis de Galarza una escritura de venta otorgada por Juanes de Bazterra, en que vendió al dicho Hernando de Iriarte una media casa pegante a otra media casa de Juana y pagó según y como parece por escritura de data de trece de septiembre de mil seiscientos quarenta y ocho ante Miguel Ruiz de Heguino, escribano real, y la dicha mitad de casa es la que tiene la mitad del gozo en la dicha hera y al presente vive en ella el dicho Bernardo de Garayalde.
            Y habiendo visto todo lo susodicho y oídas dichas partes en sus razones y echo vista ocular y con asistencia del escribano infrascrito y visto también el reconocimiento de mojones que declaró el dicho Lope de Iturralde aora diez y ocho años:
            El dicho Señor Alcalde mandó levantar la hinivición verbal de esta causa y le dio facultad al dicho Luis de Galarza para que pueda abrir en el dicho solar o huerta, puerta acia la dicha hera, un estado más abajo de donde está señalada, y que no le puedan poner impedimento ni embarazo en el paso a la dicha huerta, pena que serán castigados; y en caso que el dicho Luis de Galarza o sus subcesores fabricasen casa en el dicho solar, que la que se hiciere en el dicho solar no tenga gozo en la dicha hera para trillar, que no sea conformándose con la costumbre del lugar, que es que en acabando de parvear así la dicha María de Zufiaurre como los demás dueños de las dichas casas y no teniendo necesidad de la dicha hera, puedan parbear los dueños de la dicha casa nueba que se hiciere en el dicho solar en tiempos a venir, así lo proveyó y mandó sin costas, y el señor Alcalde firmó e yo el escribano. Pedro de Arza. Ante mí, Joseph de Arramendía, escribano.
            Notificose esta sentencia a las dichas partes el dicho día. mes y año y en fee de ello firmé yo el escribano. Ante mí, Joseph de Arramendía, escribano. Por traslado, Joseph de Arramendía, escribano.”
            María Zufiaurre no quedó de acuerdo y protestó porque le quitaba aire a la era y además podía edificar en ella.
            Luis Galarza contestó que la huerta estaba cerrada anteriormente y que la era pertenecía al común, por lo cual el acceso lo tiene garantizado, y así se queda el contencioso. (AGN Procesos Pendientes, Fernández Montesinos, 1686 n.º 27)
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Iturmendi: 1715
Joaquín Fernández de Garayalde y Lazcano contra Miguel de Gainza, su hermanastro, sobre restitución de media casa y pago de 17 ducados por el tiempo que fue ocupada indebidamente. Ambos eran hijos de María Hernández de Iturralde, pero de distinto padre.
Tramita la reclamación el 17 de agosto de 1715.
El 9 de octubre de 1699 testó María Hernández de Iturralde (hija de Juan de Iturralde y de Mariana de Beidacar); su segundo marido había sido Juanes de Gainza y Mendizábal.
Don José Galarza, abad de Iturmendi, declara tener 55 años el 12 de noviembre de 1716.
El 15 de abril de 1674 se firma un contrato matrimonial entre Joaquín Fernández de Garayalde y Lazcano y Graciana de Galarza; él era hijo de Martín Fernández de Garayalde y Lazcano y de María Hernandoiz de Iturralde (su primer marido, ya difunto en 1674). Graciana Galarza era hija de Juanes de Galarza y de Ana de Riezu.

Joaquín Fernández de Garayalde y Lazcano había construido una casa nueva de piedra hacía 32 años, por el año 1683.....

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